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Ajuste por Inflación al Impuesto sobre la Renta Beneficiará a Empleados por unos Rd$428.0 Millones en el 2010











Presidente del Senado haitiano, internado en el Hospital Metropolitano de Santiago, agradece la solidaridad del Gobierno y el pueblo dominicano

Ajuste por Inflación al Impuesto sobre la Renta Beneficiará a Empleados por unos Rd$428.0 Millones en el 2010


Ea Dirección General de Impuestos Internos (DGII) dio a conocer el ajuste por inflación para el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de los asalariados públicos y privados del país para el 2010, ajuste que significará un aumento de sueldo indirecto para unos 154, 760 empleados y un sacrificio fiscal para el Estado que asciende a RD$428.8 millones.


Durante el 2009 sólo estaban sujeto a la exención del Impuesto Sobre la Renta los asalariados con sueldos de hasta RD$27,525 mensuales.


En espacio pagado en la prensa de hoy, la DGII presentó los nuevos tramos de la escala impositiva para la aplicación de las retenciones del ISR a los asalariados, elevando en un primer tramo el sueldo exento anual a RD$349,326.00, es decir RD$29,110.5 mensuales, o RD$14,555.25 quincenales. En este renglón se beneficiarán un millón 476,609 asalariados y se registran 26,834 nuevos asalariados exentos del ISR.


En el siguiente rango se inscriben los asalariados con sueldos anuales entre los RD$349,326.01 hasta los RD$523,988.00 El Impuesto Sobre la Renta a pagar será el 15% del excedente de RD$349,326.01. Se benefician de esta reducción del ISR un total de 79,379 empleados.


Le siguen los que devengan sueldos entre los RD$523,988.01 hasta RD$727,761.00, los que pagarán de ISR RD$26,199.00, más el 20% del excedente de RD$523,988.01. En este tramo se registran 29,210 empleados.


El último tramo incluye a los empleados con salarios anuales iguales o superiores a los RD$727,761.01, quienes en adelante pagarán RD$66,954.00 anuales de Impuesto Sobre la Renta,  más el 25% del excedente RD$727,761.01. En este tramo se registran 29,339 empleados.


Para tener una idea de cómo beneficiará a los asalariados la medida anunciada por la DGII, una persona que reciba un salario mensual de RD$35,000.0 pagará este año RD$883.43 de Impuesto Sobre la Renta al mes. En el 2009 pagaba RD$1,121.24, es decir que ahora pagará un 21% menos. En el 2008 pagaba RD$1,299.79 de ISR cada mes.


La DGII informó hoy también que para las Tasas de Cambio para el Tratamiento de las Diferencias Cambiarias del ejercicio fiscal cerrado al 31 de diciembre del 2009, deberá utilizarse, según información suministrada por el Banco Central de la República Dominicana, RD$36.12 para el Dólar americano y para RD$50.47 para el Euro.

Tablas de Retenciones en la Web de la DGII

La tabla de Retención del año 2010 ya está disponible en todas las oficinas de la DGII y en el portal de Internet de la institución www.dgii.gov.do en la sección Publicaciones http://www.dgii.gov.do/publicaciones/tabla/Paginas/TablaRetenciones.aspx.


Igualmente se publica el Ajuste por Inflación que regirá para el año 2010 de las cantidades expresadas en pesos dominicanos en el Código Tributario y la Tabla de los Multiplicadores para los años 1980-2010, que servirán de base para la determinación del Valor Ajustado de los Activos de Capital para el período fiscal terminado al 31 de diciembre 2009.


Durante el 2009 sólo estaban sujeto a la exención del Impuesto Sobre la Renta los asalariados con sueldos de hasta RD$27,525 mensuales.


El Ajuste por Inflación en las retenciones del ISR de los asalariados se hace en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 327 del Código Tributario de la República Dominicana y el Artículo 105 del Reglamento No. 139-98 del Impuesto Sobre la Renta Rentas.


El ajuste de los Tramos de la Escala Impositiva está basado en las informaciones suministrada por el Banco Central de la República Dominicana que estableció que la inflación general durante todo el año 2009 fue de 5.76%. La DGII estableció, entonces, que el Multiplicador del Ajuste por Inflación para el ejercicio fiscal terminado al 31 de diciembre de 2009, será de 1.0576.


 


Fecha de Actualización: 15 de enero de 2010

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