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Impuestos Internos Dispone Nueva Norma General para el Control de ITBIS











Impuestos Internos Dispone Nueva Norma General para el Control de ITBIS
Impuestos Internos Dispone Nueva Norma General para el Control de ITBIS

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) anunció la entrada en vigencia de la Norma General 07-09 mediante la cual instituye como agentes de retención del ITBIS a las sociedades de cualquier naturaleza, cuando paguen las prestaciones de servicios profesionales liberales y servicios de seguridad o vigilancia a otras sociedades con carácter lucrativo o no.


Con la medida, publicada el pasado martes en la prensa nacional, Impuestos Internos fortalecerá los mecanismos que aseguren un adecuado control en el proceso de recaudación del Impuesto sobre las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS).


Con la medida, publicada el pasado martes en la prensa nacional, Impuestos Internos fortalecerá los mecanismos que aseguren un adecuado control en el proceso de recaudación del Impuesto sobre las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS).

La Norma 07-09, que modifica el Artículo 1 y 5 de la Norma General 02-05, establece que los servicios de seguridad o vigilancia tendrán una retención aplicable de un cien por ciento (100%) del valor del ITBIS facturado. Sin embargo, dicha retención no libera a las Empresas de servicios de seguridad o vigilancia de la obligación de realizar la declaración mensual del ITBIS.

Según explica dicha Norma, si en la declaración del ITBIS se origina un saldo a favor por el impuesto adelantado en compras de bienes y servicios; el contribuyente puede solicitar la compensación del mismo, de acuerdo a los términos establecidos en el Artículo 19 del Código Tributario y siempre y cuando haya remitido los datos de los comprobantes fiscales que sustenten los adelantos como lo establece la Norma General 01-07 sobre Remisión de Información.

La emisión de esta Norma responde a una solicitud del sector proveedor de Servicios de Seguridad Física o Vigilancia ante la administración de tributos internos para pasar a las empresas receptoras de los servicios la responsabilidad del pago del ITBIS facturado ante la DGII.

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Fecha de Actualización: 1 de Septiembre del 2009

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