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Registro Civil:


Pasos a seguir para la obtención de la cédula personal de identidad y electoral 


Primera cédula
Si nunca has obtenido tu Cédula de Identidad y Electoral solo tendrás que  dirigirte al Centro de Cedulación más cercano, con tu Acta de Nacimiento original  en papel de seguridad y para fines de cédula, esta primera cédula no tiene costo alguno.



a. Cédula de Menor de Edad
Los menores que hayan alcanzado la edad de 16 años están aptos para tener su Cédula de Identidad Personal, la cual no será valida para votar,  y la pueden obtener en cualquier Centro de Cedulación. 


b. Cédula de  Mayor de Edad
Ciudadanos con posibilidad de votar son aquellos con edad de 18 años  o más. 


Si antes adquirió  su  Cédula de Menor, sólo vaya al Centro de Cedulación más cercano para hacer un cambio de carnet de menor a mayor, sin aportar ningún documento.

Diferencias entre Cédula de Identidad y Cédula de Identidad y Electoral.



a) La Cédula de Identidad y Electoral es aquella que tiene la categoría 01 (normal), y está habilitado para que el ciudadano pueda ejercer el derecho al voto.


b) La Cédula de Identidad es aquella que identifica al ciudadano, pero que por su condición especial de categoría, 02, 03, 04, entre otras, no pueden ejercer el derecho al voto, en estos están incluidos los menores, militares, policías y  extranjeros.


Cambios de datos


Son modificaciones que necesitamos hacerle a la cédula, en caso de que los cambios sean de los Datos de Acta de Nacimiento debe presentar su Acta de Nacimiento original en papel de seguridad para fines de cédula, y debe  dirigirse al Centro de Cedulación más cercano.


a. Cambios en Nombres y/o Apellidos.
Llevar Acta de Nacimiento original en papel de seguridad y para fines de cédula a cualquier  Centro de Cedulación.


b. Fecha de Nacimiento.
Llevar Acta de Nacimiento original en papel de seguridad y para fines de cédula a cualquier Centro de Cedulación.


c.  Cambio De Estado Civil:



1. De Soltero a Casado:
Es cuando contraes matrimonio y tu cédula figura con el Estado Civil de Soltero, debes dirigirte al Centro de Cedulación más cercano, con un  Acta de Matrimonio original en papel de seguridad.


2. De Casado a Soltero:
Es cuando hay un divorcio o el fallecimiento de unos de los Cónyuges, deben dirigirse al Centro de Cedulación más cercano con su Acta de Divorcio original en papel de seguridad, y en caso de fallecimiento Acta de Defunción original en papel de seguridad.


d. De Civil a Militar:
Este cambio se produce cuando un ciudadano ingresa a una Institución Militar ò Policial, deberá dirigirse al Centro de Cedulación para Militares que está ubicado en la Junta del Distrito La Feria y depositar Acta de Nacimiento original en papel de seguridad, y para fines de Cédula, copia del carnet de la Institución a la cual pertenece, además debe ir vestido  con el uniforme de la institución a la que pertenece.


e. De Militar a Civil:
Es cuando un ciudadano deja de pertenecer a una Institución Militar o Policial, deberá dirigirse al Centro de Cedulación más cercano,  depositar Acta de Nacimiento original en papel de seguridad y para fines de Cédula y una Certificación de retiro de la Institución a la que  pertenecía (baja).


f. Cambio de Dirección:
Para este cambio solo debe comunicarle su nueva Dirección al Digitador de turno en el Centro de Cedulación, y entregarle la Cédula anterior con su antigua Dirección.


g. Ocupación:
Requiere Copia del Ttulo del grado obtenido a nivel Universitario  nivel técnico.


h. Tipo De Sangre:
Copia  del Carnet de Tipificación hecha en el Laboratorio Clínico.


 

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